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Artículo 36 B letra A: "La ley maldita" de las radios comunitarias

22 de Junio de 2010 -

Programa especial sobre artículo 36ba

El artículo 36 B letra A de la Ley General de Telecomunicaciones pormulgada durante la Dictadura, sanciona con penas de cárcel a quienes realicen radiodifusión sin concesión. Mediante este mecanismo muchos proyectos comunicacionales alternativos, han debido o silenciar su voz o enfrentar la justicia.

Radio Tierra, Radio Juan Gómez Millas, Eco Comunicaciones, y el Observatorio Ciudadano realizaron un programa especial dedicado a dar voz a los afectados que se han atrevido a desafiar el sistema de medios.

 

imagen: Rufus Gefangenen

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